Callao: Se reanudan los trámites para el matrimonio civil

Para la ceremonia solo se  permite el ingreso de los novios y los testigos  como parte de las medidas preventivas para evitar contagios de covid-19.

Ahora sí podrás cumplir tu sueño de casarte con la personas que más amas.  Luego de tres meses de haberse paralizado este servicio a causa de la pandemia del coronavirus, la  Gerencia Registros Civiles reinicia los trámites para contraer matrimonio civil en la Municipalidad Provincial del Callao, eso sí  cumpliendo con los protocolos sanitarios.

Las parejas pueden acercarse a las oficinas de registros civiles ubicada dentro del Palacio Municipal (jirón Paz Soldán 252).

Como parte de los procedimientos deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Solicitud dirigida al Señor alcalde (Formato gratuito).
  • Partida de Nacimiento de los contrayentes con fecha de emisión reciente (03 meses).
  • Copia del DNI vigente de ambos pretendientes; sin multas electorales y fedateada por la Municipalidad en forma gratuita.
  • Copia del DNI de dos (2) testigos que no sean familiares de los pretendientes: sin multas electorales fedateada por la Municipalidad en forma gratuita.
  • Declaración jurada de Estado Civil (Soltero, formato otorgado gratuitamente por la Municipalidad, en caso de Viudo o Divorciado traer su declaración jurada simple como indica en los requisitos adicionales).
  • Declaración Jurada de Domicilio, uno de los pretendientes debe residir y figurar en su DNI que domicilie dentro del Cercado Callao (formato gratuito).
  • Mayores de 65 años, adjuntar Certificado de Salud Mental expedido por la autoridad competente (Ministerio de Salud o EsSalud).
  • Certificado Médico Pre-Nupcial otorgado por la Gerencia de Sanidad (antigua Municipalidad- Jr. Supe 521 Santa Marina - Callao) después de la revisión de los documentos.
  • Pagar derecho de trámite previa apertura el Expediente matrimonial.

NOTA:

  • Ambos pretendientes deberán presentarse para la apertura del Expediente Matrimonial acompañados de sus 2 (dos) testigos.
  • Otorgado el Edicto Matrimonial para su publicación en el Diario “El Callao” y Exhibición en otra Municipalidad, de ser el caso, por diversidad de domicilio, esta deberá devolverse en un plazo máximo de 30 días a fin de no incurrir a lo dispuesto en el Art.200° de TUO-27444.
  • Una vez programada la fecha y hora de la Ceremonia Matrimonial, los pretendientes tendrán 10 minutos de tolerancia a la hora señalada, bajo su responsabilidad; caso contrario su fecha de ceremonia matrimonial será REPROGRAMADA (Previo pago de PENALIDAD).
  • Declarada la Capacidad los pretendientes podrán contraer matrimonio dentro de los cuatro meses siguientes (Art. 258 CC.).

  Los contrayentes deberán pagar los derechos de ceremonia según las fechas y horas que se realizará:

  • De lunes a viernes (mañana) el costo es de s/111.80
  • De lunes a viernes (tarde) el costo es de s/152.80
  • Los sábados el costo es de s/252.80

 

ADICIONAL PARA DIVORCIADOS

  1. a) Copia certificada del Acta de Matrimonio con la Anotación de Divorcio, con fecha de emisión reciente.
  2. b) Declaración Jurada de Estado civil DIVORCIADO(A). Asimismo de sí o no tener hijos menores de edad o mayores de edad con incapacidad bajo su patria potestad y de sí o no administrar bienes sujetos a sociedad de gananciales o inventario judicial de ser el caso. 

En caso no hubiera transcurrido los 300 días desde la fecha de anotación de Disolución Matrimonial en su Acta de Matrimonio, presentará Certificado Medico expedido por la autoridad competente que acredite no hallarse embarazada (Art. 243 c.c.).

 

ADICIONAL PARA VIUDOS

  1. a) Copia certificada del Acta de Matrimonio, con fecha de emisión reciente. 
  2. b) Copia Certificada del Acta de Defunción del Cónyuge fallecido.
  3. c) Declaración Jurada de Estado civil VIUDO(A). Asimismo de sí o no tener hijos menores de edad o mayores de edad con incapacidad bajo su patria potestad y de sí o no administrar bienes sujetos a sociedad de gananciales o inventario judicial de ser el caso.

 En caso no hubiera transcurrido los 300 días desde la fecha de fallecimiento del contrayente, presentará Certificado Médico expedido por la autoridad competente que acredite no hallarse embarazada (Art. 243 c.c.).

 

ADICIONAL PARA MATRIMONIO POR REPRESENTACIÓN

  1. a) Poder  autorizado por Escritura Pública ante el Notario o Cónsul Peruano del País de su residencia y apostillado o legalizado y visado por el ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, además deberá estar inscrita en Registros Públicos (SUNARP), con identificación de la persona con quien ha de celebrarse el matrimonio. 
  2. b) Certificado de Soltería o Declaración Jurada de Estado Civil del lugar donde reside el poderdante.
  3. c) Examen Médico: Serológico y Grupo Sanguíneo.

 El Apoderado deberá adjuntar: 

- Partida de nacimiento actualizada

- Copia fedateada del DNI, vigente y con las últimas votaciones

 - Declaración Jurada de Domicilio

* Los documentos de estar en idioma extranjero deberán presentarse con traducción oficial, legalizada y apostillada  por el Consulado Peruano en el País de origen o Visado por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, con fecha de expedición reciente.

 

NOTA: El Poder caduca a los 6 meses de  otorgados (CC, art.264°).

 

ADICIONAL PARA EXTRANJERO

  1. a) Partida de nacimiento original legalizado por el Consulado Peruano en el país de origen; apostillado o visado por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, con fecha de expedición reciente.
  2. b) Presentar pasaporte original y fotocopia legalizada.
  3. c) Certificado o Declaración Jurada de Estado civil (Soltero, Divorciado o Viudo), legalizado por el Consulado Peruano en el país de origen; apostillado o visado por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, con fecha de expedición reciente.

 

* Si fuera divorciado deberá de presentar la Partida de Matrimonio anterior y la sentencia de Disolución del mismo, con fecha de expedición reciente.

 

* Si fuera viudo deberá de presentar el Acta de Defunción y el Acta de Matrimonio original, con fecha de expedición reciente.

 

* En caso no hubiera transcurrido los 300 días desde la fecha de disolución matrimonial o fallecimiento del contrayente; presentar certificado médico expedido por la autoridad competente que acredite no hallarse embarazada (Art. 243c.c.).

 

  1. d) Copia legalizada del Certificado o Carta de Naturalización, de ser el caso.

 

  1. e) Certificado de Domicilio en el Perú.

 

  1. f) El otro contrayente debe residir y constar en su DNI que domicilia en el Distrito del Callao.

 

Los documentos de estar en idioma extranjero deberán presentarse con traducción oficial, legalizados por el Consulado Peruano en el país de origen y apostillado o visado por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, con fecha de expedición reciente.

 

Vale resaltar que para  la ceremonia de matrimonio civil solo estará permitido el ingreso de los novios y los testigos, en cual deberán usar la mascarilla obligatoria y respetar el distanciamiento social, como parte de las medidas preventivas para evitar contagios de coronavirus.

 

Agenda de actividades

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Jr. Paz Soldán N° 252 Callao - Perú 
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