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Delegar en el Gerente Municipal la facultad de aprobar las autorizaciones de prestaciones adicionales de obras y reducción de prestaciones que correspondan conforme a lo establecido en el numeral 8.2 del artículo 8° y el artículo 34° numeral 34.3 del T.U.O. de Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado. |