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Modificar el numeral 4.5 del Artículo 4 de la Ordenanza Municipal N° 027-2018, que aprueba para el ejercicio 2019 la vigencia de las tasas de los arbitrios municipales del año 2018, en el Cercado del Callao, quedando redactado de la siguiente manera: "ARTICULO 4. BENEFICIOS DE DESCUENTO EN EL PAGO DE ARBITRIOS MUNICIPALES La Municipalidad Provincial del Callao otorga los siguientes descuentos, los mismos que no son excluyentes entre sí.
(...) 4.5 Beneficios en Arbitrios de recolección de Residuos Sólidos, Barrido de Calles y Parques y Jardines. Establézcase que, para aquellos predios cuyo monto determinado en el ejercicio 2019 presente un incremento mayor o igual al 26% en los Arbitrios de Recolección de Residuos Sólidos, Barridos de Calles y Parques y Jardines, con referencia al monto emitido en el ejercicio 2018, se les otorgará un tope máximo de emisión del 26%. Respecto al Arbitrio de Serenazgo, que tomará para todos los predios el valor emitido el 2018, reajustado con la aplicación de la variación porcentual acumulada el Índice del Precio al Consumidor (IPC) de Lima Metropolitana" |