¿Cuándo se debe pagar el Impuesto Vehicular e Impuesto Predial?
Mediante Ordenanza Municipal N° 005-2020-MPC, se prorroga el vencimiento de pago del impuesto al patrimonio vehicular y el de los arbitrios municipales 2020. Así como el vencimiento al beneficio del pronto pago o pago adelantado de los arbitrios municipales del ejercicio fiscal 2020, establecidas mediante la Ordenanza Municipal 027-2019-MPC. El que a continuación se detalla:
Prorrogar el vencimiento de pago del Impuesto Predial y el Impuesto al Patrimonio Vehicular para el ejercicio fiscal del año 2020, de la siguiente manera:
IMPUESTO PREDIAL - IMPUESTO VEHICULAR
1er Trimestre vencimiento 28.08.2020
2do Trimestre vencimiento 28.08.2020
3er Trimestre vencimiento 30.10.2020
4to Trimestre vencimiento 30.12.2020
ARBITRIOS MUNICIPALES
Enero 28.08.2020 / Febrero 28.08.2020
Marzo 28.08.2020 / Abril 28.08.2020
Mayo 28.08.2020 / Junio 28.08.2020
Julio 30.10.2020 / Agosto 30.10.2020
Setiembre 30.10.2020 / Octubre 30.12.2020
Noviembre 30.12.2020 / Diciembre 30.12.2020
Como también, los contribuyentes, que opten por la cancelación total de los Arbitrios Municipales del presente ejercicio fiscal, tendrá un descuento único del 10% por el monto insoluto de la deuda de los arbitrios municipales (BC, RRSS, PJ, SC) generados para el año 2020, el mismo que tendrá una vigencia hasta el 28 de Agosto del 2020.
Y además, condonación des intereses moratorios de la deuda tributaria que se hayan generado o se generen durante el periodo de Estado de Emergencia Nacional, hasta el 28 de Agosto del 2020.